Las Leyes malacitana y salpensana, se conservaron durante años en la Colección Loringiana, pasando después, con los otros bronces jurídicos allí guardados, al Museo Arqueológico Nacional, donde hoy se exhiben.
Parece que debió contenerse en cinco tablas como la encontrada en los Tejares. La única conservada contiene las rúbricas 51 a 69 (esta última incompleta) y en ellas se legisla sobre las elecciones a los cargos municipales, sobre la elección del Patrono del Municipio Flavio Malacitano, sobre aspectos urbanísticos, sobre cobro de tributos y fianzas, multas y control de fondos públicos.
Así pues, por obra de los Flavios Malaca había recibido el iius lati convirtiéndose en Municipio latino. La Lex Flavia malacitana habla de la ciudad nombrándola municipium, municipium Flavium Malacitanum, oppidum municipii Flavii Malacitani y haciendo mención de sus decuriones, conscripti, duoviri, aediles, quaestores, de los municipes, e incolae, del patronus municipii y del praefectus y de instituciones municipales como la curia y los comitia.